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Compras en PADDOCK
Hola, Yo estoy de alta en Intracomunitario hace 4 años.
La cuestion como dice quique es que el concepto de la factura coincida con tu actividad (el epigrafe por el que pagas los autonomos) pero bueno seguro que el que te vende no tiene inconveniente en facturarte en concepto de "accesorio de transporte" cuando le estas comprando una baca ARB por ej.
En cuanto a lo que dice Jcarrion no es correcto, como compra intracomunitario NO se abona el IVA ni el VAT ni ningun impuesto, que por eso se llama "compra intracomunitaria" otra cosa es que el vendedor te la haya cobrado y luego no lo declara como intracom. (por no complicarse la vida) y tu si lo haces entonces seguro que hacienda te llama para saber que pasa, eso si por menos de 500 Euros no se molestan.
Jacques
Hola Jacqs
ahora si que me he liado. Vamos a ver.
Yo tengo una empresa que se dedica a la actividad X -lo que sea-. Estamos dados de alta en el registro ,y facturamos -exclusivamente- al extranjero .
Si por ejemplo , compro a Paddock -digamos un Winch-
Lo que yo hago hasta ahora es
a: Le pago a Paddock el Winch y el IVA
b: Despues , descuento el IVA de la trimestral (Maquinaria/Utillaje Varios)
c: (opcionalmente , cuelo el Winch a gastos).
por lo que efectivamente el iva .. lo pago en Londres y me lo devuelven aqui.
Que hay de erroneo ? no lo entiendo .
Dimelo , porque me interesa muchisimo . casi el 100% de mis compras de herramientas las hago a Inglaterra , , y si resulta que no tengo que pagarles el VAT , entonces llevo haciendo el bobo años..
Un saludo
Hola JCarrión,
Efectivamente tiene razón Jacques. En la empresa donde yo trabajo hacemos el 90% de las compras en el extranjero, tanto dentro como fuera de la unión europea. Para las compras intracomunitarias, países de la UE, se compra sin IVA y cuando se vende el artículo, si es que es para vender, el IVA que generas es lo que liquidas o compensas a Hacienda. Para las ventas intracomunitarias también vendes sin IVA y deduces o compensas este IVA con el que hayas ingresado, si es el caso.
Cuando la compra es de un país no perteneciente a la UE también se compra sin IVA pero en este caso se liquida el IVA + aranceles a la recepción de la mercancía en aduanas, de esto se suelen encargar las agencias de transporte.
A parte de esto si estás dado de alta dentro de actividades intracomunitarias tienes que llevar un registro trimestral que tienes que presentar a efectos estadísticos en Hacienda con las operaciones del trimestre.
Esto una explicación muy por encima, yo he dejado esto hace unos años, seguro que en Hacienda te pueden informar con más detalle.
Saludos,
Oscar
sastamente es como dice ogarcia, si compras a un pais de la UE no pagas IVA al proveedor.........pero cuando eso q compras lo vendes en españa Y NO ANTES!!!! entonces el IVA que facturas como repercutido es 100% para la Hacienda Pubica...perdon Publica.
Es decir si el 100% de tus COMPRAS son en la UE, cuando vendas en España, el IVA cobrado a tus clientes españoles lo deberas ingresar en su totalidad a las Arcas del estado.............pero si no vendes nada en España por ejemplo........estaras comercializando como si dijeramos libre de IVA, ni lo pagas ni lo cobras, pero debes informar trimestralmente a efectos estadisiticos de esas transacciones. Pero repito si compras en la UE no pagas IVA!!!!!!!! no pagarlo no signicia que no estes sujeto.
