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Soporte frontal para jerrycan
Muy buenas.
¿Alguien sabe si esos soportes tan chulos, que venden los de Paddock, para llevar los jerrycanes sobre el parachoques delantero, en el sentido de la marcha, son legales aqui en España?. (En un serie III se entiende).
Me temo que ya me imagino de antemano cual sera la respuesta...
Yo supongo que no, porque el otro dia leí en el periodico que legalmente no se pueden transportar mas de 8 litros de combustible (y yo tambien llevo un jerrycan, asi que....) ademas....... como tampoco es legal circular con cosas colgando de la carroceria.............. supongo que eso incluirá los soportes en el parachoques.
Todo esto son barrenamientos mios, no le des ningun valor
A ver si arrojamos un poco de luz sobre este tema, cuando volvi de Marruecos en el remolque llevaba 8 Jerrycans de 20 litros cada uno y un deposito extra de 80 litros, total 240 litros, si me pillan a la carcel por contrabando ja ja ja :D, bueno esto no es del todo cierto.
Normativa Sobre el Transporte de Mercanicas Peligrosas (ADR), vigente hasta Junio de 2009, que dice lo siguiente:
CAPITULO 1.1.
1.1.3.1 a).- Exenciones: (NO ESTAN SUJETOS AL ADR MIENTRAS NO SUPEREN ESTAS CANTIDADES)
Se limita la capacidad de los recipientes, transportados por los particulares, conteniendo líquidos inflamables, a 60 litros por recipiente y 240 litros por unidad de transporte.
Al referirse "unidad de transporte" quiere decir "por vehículo", además los hidrocarburos deben de viajar en recipientes homologados.
Por encima de estas cantidades tendrán que viajar en vehículos acondicionados y su conductor deberá de estar en posesión de la autorización ADR.
Bueno, por lo menos algo mas sabemos. Se podrian llevar 12 jerrycan de 20 litros, por lo menos en teoria. Sobre la ubicacion de los "recipientes" ¿alguno sabeis algo?
Gracias por las respuestas compañeros.
Ostras Joe, no quiero ni imaginarme la autonomia que puede tener tu coche...
Pues repostando en ceuta coche, remolque y jerrycans, llegue a galicia y me sobraron 120 litros
En los paragolpes, sólo el ejército puede llevar los Jerrys.
Vá por el tema de los accidentes-choques...
Saludos!
Si no pueden ir delante, ni detras, y creo que tampoco dentro (corregidme si me equivoco)... Entonces el unico sitio legal es en la baca (el que la tenga) o en un remolque...
Buenas a todos ,teoricamente no se puede transportar ningun tipo de conbustible,ni dentro ni fuera del vehiculo. (deposito de orijen si ...claro )
1º-- fuera, por las dimensiones del vehiculo y la peligrosidad del liquido inflamable.
2º-- dentro, por el liquido inflamable
................Pero te queda la opcion de poner un segundo deposito, que los Landys ya tienen un espacio reserbado bajo el asiento ,para cosas como esa.
PD:Yo no me la jugaria . si me equiboco que me corrijan
Salu22
En expediciones o largas rutas fuera de España, no te ván a decir nada por llevar 2 jerrys detrás, encima, debajo o dentro...
En España, los jerrys en contada ocasiones les puede hacer falta a los gasola o depósitos de menos de 50 litros.
Mi intención es poner los dos que tengo en un soporte en el portón trasero dónde la rueda de repuesto, ó en la escalerilla del portón, todavía no lo tengo claro ésto...
Una muy buena opción es la de Gus.
Saludos!
Pues te diran,...esto es Pontevedra espabilao :police: :police: y no Senegal! ;D ;D....
..y con lo bien que quedan...mi gozo en un pozo :'(
Hombre LINCE, esa es exactamente la ubicacion que yo decia, lo que pasa es que si solo los puedes llenar cuando estes en Gambia, pues pierde un poco la gracia...
REISE4, ¿el porton aguanta que se le cuelgen 40 Kg?. ¿Donde los lleva Gus?.
Ayer me encontre por la calle a un chaval que tenia una Ural, de esas con sidecar, y llevaba colgado un jerrycan de uno de los costados, entre este y la moto. Le podia haber preguntado si alguna vez tuvo algun problema, pero no cai en ello...
Habría que verlo, yo creo que sí aguanta, aunque nó es lo mismo una 235/85R16 Insa recauchutada, porque apoya en el paragolpes el peso, que tener el peso en el aire... igual habría que reforzar con plancha de damero el portón...
Saludos!
Nota: que lo cuente Gus y ponga fotos 😉 😉
Me surge otra duda sobre lo que ha contado miserietuning. Comprendo que un turismo no pueda llevar dentro recipientes con combustible, igual que no puede llevar una lavadora ni ninguna otra carga que no sea el equipaje de sus ocupantes. Pero mi Landy no es un turismo... En la ficha tecnica dice "Vehiculo industrial" lo que quiere decir que puedo llevar carga, y si puedo, por que no un par de jerrycanes con carburante?
A ver, quien dice que no se puede llevar combustible dentro de un vehiculo?
Da igual que este como turismo o vehiculo industrial, segun la ley española si se puede siempre que sea en recipientes homologados y vuelvo a poner el articulo al que me remito, (esto no me lo he inventado yo).
Normativa Sobre el Transporte de Mercanicas Peligrosas (ADR), vigente hasta Junio de 2009, que dice lo siguiente:
CAPITULO 1.1.
1.1.3.1 a).- Exenciones: (NO ESTAN SUJETOS AL ADR MIENTRAS NO SUPEREN ESTAS CANTIDADES)
Se limita la capacidad de los recipientes, transportados por los particulares, conteniendo líquidos inflamables, a 60 litros por recipiente y 240 litros por unidad de transporte.
Al referirse "unidad de transporte" quiere decir "por vehículo", además los hidrocarburos deben de viajar en recipientes homologados.
Por encima de estas cantidades tendrán que viajar en vehículos acondicionados y su conductor deberá de estar en posesión de la autorización ADR.

