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Dar de alta vehiculo (Otra vez)
Muy buenas, arriba en un postit, llamado matriculación rehabilitación, tenemos un articulo (Por que eso es mas que un post) escrito por efren. En una parte de el dice esto:
REQUISITOS PARA LA REHABILITACION DE UN LAND ROVER
El titular o tercera persona que acredite suficientemente la propiedad de un vehículo dada de baja definitiva, podrá solicitar su rehabilitación, para ello, deberá superar una revisión en una estación ITV en la que declare apto para circular.
Este trámite lo puede solicitar en la jefatura provincial de trafico de su domicilio o en la de la provincia donde se matriculo el vehículo.
Lo primero es rellenar la solicitud en el impreso de “ Cuestiones varias “ facilitado por la jefatura de trafico con los datos y firma de la persona a cuyo nombre este matricularlo o de quien acredite su propiedad.
Documentación de los interesados.
-Original de DNI en vigor.
Si el interesado es persona distinta al titular.
-Original y fotocopia de la factura de venta o contrato de compraventa, si ha habido transmisión, Y en su defecto original y fotocopia del acta notoriedad o de manifestaciones.
Revisada la solicitud, la jefatura lo pondrá en conocimiento del órgano competente para que se someta el vehículo a una inspección técnica por rehabilitación y, una vez superada, se deberá presentar los siguientes documentos.
Solicitud en un impreso de cuestiones varias ( en trafico).
-Tarjeta de inspección técnica o certificado de características por rehabilitación.
-Documento que justifique el pago o exención del impuesto de municipal de vehículos de tracción mecánica. Original y copia.
-Documento que acredite el pago, la exención o no-sujeto del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídico documentados en el que supuesto que se solicite la rehabilitación por persona distinta de la que figure como titular, salvo que el vendedor sea un empresario que actué en el ejercicio de su actividad.
NO se podrá rehabilitar los vehículos incluidos en el ámbito d aplicación del Real decreto 138372002 de 20 de Diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil, que hayan sido dados de baja definitiva a partir de su entrada en vigor ( son los vehículos que tienen emitidos el certificado de destrucción o descontaminación por un gestor de vehículos al final de su vida útil, los desguaces.
TASA de trafico año 2006
-Expedición De permiso de circulación de cualquier tipo de vehículo que deba ser matriculado 68 €.
-Cambio de titularidad de los permisos de circulación por transferencia de vehículos 42,60 €.
Necesitaría saber si alguien ha realizado este tramite ya que tengo unas dudas:
1º- Pide el impuesto de circulación pagado. Y digo yo que si el coche está dado de baja, de donde sacas el impuesto de circulación?
2º- La parte que está en rojo, a partir de que año es obligatorio el certificado de destrucción del vehiculo para poder darlo de baja? Por que si el mio está dado de baja despues de esa fecha, ya me puedo olvidar de darlo de alta.
Todo esto viene dado por no hacer las cosas bien desde el principio. He estado restaurando un coche durante año y medio, al que le he hecho embrague, culata, inyectores calentadores, motor de arranque alternador, radiador, preparado para pintura y mil cosas mas que no recuerdo, y al ir a hacer el cambio de nombre me he encontrado que el coche estaba dado de baja definitiva desde el 2004.
Si alguien quiere aportar algo y prefiere hacerlo por correo: Sensio@gmail.com
Salud y gracias por leer el tocho
Si es una baja temporal lo tienes facil, si es definitiva dificil.
Lo del impuesto yo pensaba lo mismo que tu y resulta que te hacen una autoliquidación del vehículo, algunas veces te hacen pagar hasta los cuatro últimos años.
Creo que desde principios de 2.000 las bajas van acompañadas de un certificado de destrucción, pero si tu tienes el vehículo no se como se ha dado la baja o lo tienes, pueden que dieran la baja definitiva como vehículo robado o desaparecido.
Yo rehabilité una Lambretta hace 3 años y estaba dada de baja en 1980 mas o menos.
Hola:
Las bajas definitivas sólo las pueden hacer los desguaces, o como les gusta llamarlos ahora, Centros Autorizados de Tratamiento. Se vienen haciendo desde 2003.
Si tu coches está de baja definitiva, con certificado de destrucción, puedes prácticamente olvidarte de él, ya que, en teoría, no es posible volver a darlo de alta. Tal vez haya alguna triquiñuela legal, pero te va a costar muchísimo.
Un saludo.
Yagolo.
No estoy convencido al 100% pero creo que aunque esté de baja definitiva posterior al 2003 podría matricularse de nuevo como historico, pero como digo no estoy seguro del todo. Antes de lo del certificado de destrucción seguro que si pero después ya no lo se del cierto.
Saludos
Eeepp soci!!
Vaya tema que tienes, seguro que solución hay, lo mejor seria ir a Sbd un dia a trafico y preguntarlo alli, creo que el "ligero" que hay en Boxes estaba en una situacion parecida, y no ha habido problema (creo).
Nada no desesperes, prepara más dinero eso si, y venga que tengo que ver ese coche de una vez...collons!!
Apa Siau!!
Eeeeeep, si en trafico de Sabadell ya he estado, alli fue donde me dijeron que no me preocupara por el coche, que estaba destruido, :mumum: imaginaos la cara que se me quedó. Esta semana volveré a ir a comerle la cabeza a la de información en trafico a ver que me dice. Pero creo que por lo estrictamente legal lo tengo jo..do.
Bueno, ya posteare que me dicen.
Salut
Lo que yo suelo hacer antes de tocar cualquier coche es sacarle un informe de trafico donde te dira su estado, titulares,ITVS,etc ya que te puede pasar de todo.
como bien dice rusbel ves a trafico y con en numero de matricula saca un informe (6 euros)y sales de dudas ,si esta dado de baja antes de febrero del 2004 no tienes problemas ,si es despues ......chungo.suerte.
si esta dado de baja antes de febrero del 2004 no tienes problemas ,si es despues ......chungo.suerte.
Esa fecha es la que quería saber, esta dado de baja el 22 de junio del 2004. O sea que como me imaginaba... chungo chungo.
yo puedo confirmar que se puede dar de alta un vehiculo en cuestion una moto dada de baja (definitiva) en marzo en la jefatura de sabadell, sin certificado de destruccion el lunes 1 de septiembre pasara itv para rehavilitarse,,, eso si han obligado que sea el dueño administrativo del vehiculo que lo haga (no tercera persona)
yo puedo confirmar que se puede dar de alta un vehiculo en cuestion una moto dada de baja (definitiva) en marzo en la jefatura de sabadell, sin certificado de destruccion el lunes 1 de septiembre pasara itv para rehavilitarse,,, eso si han obligado que sea el dueño administrativo del vehiculo que lo haga (no tercera persona)
En motos es diferente.
Este señor lo tiene dificil.
