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Exencion impuesto circulacion.
Muy buenas tiene alguien un vehículo histórico aki en Navarra y este exento del impuesto de circulación.??
No hace falta que sean historicos.
Pueden ser clasicos llamados asi a los que tienen mas de 25 años.
la normativa era asi hasta hace bien poco.
Pero este impuesto depende de los ayuntamientos y estos pueden bonificarlo hasta en un 100 %, o solo un 50 o nada, si asi les da la gana y lo tienen aprobado en pleno.
Hay Aytos que tienen transferidas esas competencias a diputaciones y si decretan exencion, suelen aplicarla para toda la provincia en la que los Aytos hayan cedido el cobro de dichos impuestos.
El hecho de que sea historico, tampoco te garantiza la exencion.
Hasta la fecha, ciertos Aytos bonificaban al 100% dicho impuesto si el vehiculo superaba los 25 años, pero esto esta cambiando y en Burgos creo que ya piden 30 o 35 años.
Es algo que tienes que solicitar directamente en tu Ayto y ellos resuelven de forma favorable o deniegan dependiendo de todos estos factores.
No hace falta que sean historicos.
Pueden ser clasicos llamados asi a los que tienen mas de 25 años.
la normativa era asi hasta hace bien poco.
Pero este impuesto depende de los ayuntamientos y estos pueden bonificarlo hasta en un 100 %, o solo un 50 o nada, si asi les da la gana y lo tienen aprobado en pleno.
Hay Aytos que tienen transferidas esas competencias a diPciones y si decretan exencion, suelen aplicarla para toda la provincia en la que los Aytos hayan cedido el cobro de dichos impuestos.
El hecho de que sea historico, tampoco te garantiza la exencion.
Hasta la fecha, ciertos Aytos bonificaban al 100% dicho impuesto si el vehiculo superaba los 25 años, pero esto esta cambiando y en Burgos creo que ya piden 30 o 35 años.
Es algo que tienes que solicitar directamente en tu Ayto y ellos resuelven de forma favorable o deniegan dependiendo de todos estos factores.
DI-PU-TA-CIO-NES.......CO-JO-NES
Preguntaba por que ya curse la petición de 3 folios y me respondio el ayunta que aki en navarra tiene competencias diputación y la norma estatal no rige aki ,abra q empadronarse en otra provincia.Denegado .Presente un escrito que ya esta preparado que me descargue del foro.
Bon Tarda.
La execion del impuesto de circulacion, la potestad la tiene los ayuntamientos. En toda Spain.
En mi pueblo se gestiona en el ayuntamiento, pero el escrito se envía a Diputación.
El diesel es para los tractores
En mi pueblo se gestiona en el ayuntamiento, pero el escrito se envía a DiPción.
En el mio tambien.
La gasolina es para la gente fina..... :laugh: :laugh:
Cuando te lo pidan les dices que no viene contemplado en la ordenanza reguladora de tus santas y reales ganas mediante un escrito como el suyo y que consideras desestimar la peticion en base a lo expuesto.
No son las autonomías, es regulación municipal.
Perdon, perdon, es cierto....
Me he liado porque mi Ayto tiene transferidas las competencias de tributacion a la Junta de Castilla y Leon.

