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N de bastidor de un 109 militar
Saludos compañeros,estoy retaurando un 109 MILITAR y comprobando el nº de bastidor que va en el chasis lado izquierdo ,resulta que en trafico no costa, alguien me podría decir algo sobre el nº¿ pertenece a un 109,año de fabricación ,estoy perdido con el coche a medio restaurar y sin posible documentación.VSELBDDS2AZ101743
...efectivamente en trafico no vas a encontrar nada pues no se dan de alta por lo civil. En cuanto al numero que expones decirte que si pertenece a un 109 militar y aunque no se decirte año yo me inclino por 1985...
...lo de 1985 me baso en que el numero de serie de tu land esta por debajo del mio entorno a 700 unidades. Poseo las fichas tecnicas originales y es de noviembre del 86. Igualmente los de primeros de los 80 creo que la numeracion del chasis no era tipo europea si no que empezaban por E39. Otro detalle orientativo que no fiable seria el tipo de faro blackout o luz de guerra delantera. Los primeros eran redondos y sobre los 85-86 algo mas de lineas rectas.
...si te sirve de referencia en los primeros temas de este apartado de militares tienes un hilo abierto de registro de militares. Podras leer el registro del de alvaro.gomez el cual solo le separan 300 unidades y como bien dice es del 84/85...
No recibo respuesta por parte del club ,quiero saber que documentación me puede hacer el club para matricula histórica y si conocéis alguna gestoría cerca de Almeria que me pueda llevar el papeleo.Envié un correo al presidente de l club y no recibo respuesta ,e enviado mi solicitud para hacerme socio ,esperando estoy.... Me están diciendo que como procede de subasta no se puede matricular es esto cierto,menudo problemón.
No tienes ningun problema para matricularlo siempre que tengas numero bastidor , y comprobante de propiedad factura compra etc. eso si como vehiculo historico.
Como bien dice Dabuki no deberías de tener problemas para matricularlo. De subasta provienen todos y la ley exige demostrar propiedad, no procedencia. En teoría te debería de servir desde un simple contrato de compraventa hasta un acta notarial. El problema es que en cada comunidad y cada funcionario interpreta la ley de una manera. Te recomiendo que te pongas en manos de un buen profesional.
