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Pago de tasa en CB
Me ha llegado una carta del ministerio, indicandome que esta previsto que salga una ley para que el uso de la CB sea gratuito, pero que no se sabe cuando va a salir, y que en principio antes del 31/12 deberia renovar los papeles (pagando la tasa) y que si no, que me de de baja.
No se si pagar, darme de baja y esperar con la posibilidad que luego no me pueda dar de alta si no sale la ley adelante y arriesgarme a una multa...
¿a alguien le ha llegado la carta? ¿consejos?
Hola quique en otro foro ronda este tema. Yo he comprado una emisora la semana pasada y el de la tienda me dijo lo mismo, y me aconsejó esperara hasta Enero para legalizarla porque como hay que pagar cinco años, si luego cambia la ley, ¿te dan la pasta o se la quedan?
Yo de momento me espero pero claro tu caso es distinto porque si te caduca luegono podras legalizarla porque no tendras la factura.
Un saludo
¿te dan la pasta o se la quedan?
Me parece un pensamiento demasiado benigno de cara a nuestra administración...
Yo la legalicé en el 2003, y si la hacen libre a partir del 2006, me habrá encantado perder la parte proporcional...
En fin, el que sepa algo, que vaya contando...
Hoy ha sido publicado el Real Decreto 1620/2005 (BOE 31/12/2005)
en su disposición adicional única, establece la supresión de la tasa de uso especial del dominio público radioelectrico:
Disposición adicional única. Supresión de la tasa por uso especial del dominio público radioeléctrico.
A partir de la entrada en vigor de este real decreto queda suprimida la tasa por uso especial del dominio público radioeléctrico, resultando de aplicación la tasa por la tramitación de autorizaciones de uso especial del dominio público radioeléctrico, de conformidad con lo establecido en el apartado 9 de la disposición transitoria primera de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.
En consecuencia, cuando se produzca lo establecido en el párrafo anterior, los titulares de las autorizaciones para el uso especial del dominio público radioeléctrico abonarán por una sola vez la tasa de tramitación de autorizaciones de uso especial de dominio público radioeléctrico, de acuerdo con lo establecido en la disposición final primera «Modificación del Reglamento de desarrollo de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al uso del dominio público radioeléctrico», apartado tres, del Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios.
Lrsafor, hola,entonces se supone que puedo rescatar una president taylor del trastero,dada de baja hace cuatro o cinco años y usarla sin temor a que me multen,o ¿deberia legalizarla de nuevo o registrarla?
Joaquin:
yo creo, (a salto de mata, y sin saber como desarrollaran reglamentariamente su aplicación) que si en su dia abonaste la tasa para darla de alta y dispones de distintivo ECB - XX- XX, no debes tener ningun problema...
Lrsafor, O.k gracias,estupendo si definitivamente es a si, pues conservo distintivo ECB y resguardo de la baja,saludos y que paseis buena noche....
Yo tengo una CB sin legalizar desde hace años, podría usarla o tendría que registrarla aunque no haya tasa?
Saludos y gracias,
Gus,
Disco 300Tdi
Pues a los que han (hemos) pagado por cinco años les ha salido mas barato que pagar ahora la tasa única que es de 100 Euros.
De todas formas hay que tener en cuenta que el reglamento no ha variado, que las autorizaciones siguen siendo provisionales, y que por tanto los que se dieron de baja, de baja están. Y los que en su dia no la legalizaron les van a pedir los mismos requisitos, homologación en vigor, factura de compra etc...
Mono tu distintivo, si lo diste de baja, hasta es posible que se lo hayan asignado a otra estación. Pasate por telecos a ver que te dicen
mas info:
http://www.cb27.com/modules.php?mop=modload&name=Forums&file=viewtopic&topic=1495&forum=1
Para informacion general.
Estuve en Telecomunicaciones el 2 de enero y legalicé la emisora que me trajo Papa Noel. 😛
A partir de 2006, dar de alta la emisora cuesta 100 euros y no se abona nada más, han suprimido el renovar pagando a los cinco años.
Aquellos que nos ha vencido en diciembre (tengo otra emisora que no pienso dar de baja) y esperabamos la notificación para renovar, pues eso, nos quedaremos esperado pues ya no se pagan las renovaciones.
Aquellas emisoras que en su dia se dieron de baja y las no legalizadas cuando se compraron se tienen que volver a dar de alta y en Telecomunicaciones piden la factura del vendedor y que incluya el numero de serie.
¿más dudas? 🙄
Hola a todos
Efectivamente ahora la tasa es de 100 euros, acabo de pagarlos esta misma mañana para legalizar una emisora nueva. Lo que al parecer no está tan claro es que el pago sea único. Según me dijo la persona que me atendió ni ellos mismos lo tenían muy claro. Por si acaso me recomendó que dentro de 5 años me informe de qué tengo qué hacer (y cuánto habrá que pagar) para seguir legal otros 5 años, porque al parecer esto no es para siempre como se coemntaba por ahí
Un saludo y felliz año a todos
Miguel A.
Hola a todos
Efectivamente ahora la tasa es de 100 euros, acabo de pagarlos esta misma mañana para legalizar una emisora nueva. Lo que al parecer no está tan claro es que el pago sea único. Según me dijo la persona que me atendió ni ellos mismos lo tenían muy claro. Por si acaso me recomendó que dentro de 5 años me informe de qué tengo qué hacer (y cuánto habrá que pagar) para seguir legal otros 5 años, porque al parecer esto no es para siempre como se coemntaba por ahí
Un saludo y felliz año a todos
Miguel A.
Me vas a perdonar pero el texto de la ley es muy claro al respecto (vuelvo a reproducir):
" En consecuencia, cuando se produzca lo establecido en el párrafo anterior, los titulares de las autorizaciones para el uso especial del dominio público radioeléctrico abonarán por una sola vez la tasa de tramitación de autorizaciones de uso especial de dominio público radioeléctrico, de acuerdo con lo establecido en la disposición final primera «Modificación del Reglamento de desarrollo de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al uso del dominio público radioeléctrico», apartado tres, del Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios. "
Las interpretaciones del "aux. Administrativo" de turno , son solo eso opiniones personales...
aunque se ampare detrás de una ventanilla

