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Nueva a de la Dipu de Alava
Buenas a tod@s, en breve haré la presentación de mi nuevo Range Rover 3.9 EFI, pero ahora lo qe me preocupa es lo que últimamente vengo oyendo por el pueblo deque la Dipu ha aprobado una norma foral que prohibe la circulación de vehículos a motor por los montes de la provincia a menos que etos esten autorizados. He oido varias versiones y me gustaría saber si algunode vosotros está informado de ello y en que consiste realmente la prohibición, no vaya a ser que ahora que tengo un pura sangre en el garage no lo pueda sacar de la carretera.
Bueno gracias a todos y lo dicho en breve presentación oficial.(es que lo estoy adecentando un poco).
Pues si,
Copio y pego la noticia sacada de Alavanet.
11/03/2010
El Departamento foral de Agricultura limita la circulación de los vehículos a motor por los montes públicos únicamente a las vías principales
Diseña un folleto informativo para dar a conocer la nueva normativa, los problemas medioambientales que puede ocasionar su incumplimiento así como las infracciones y multas recogidas en la Norma Foral de Montes
El Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Álava ha aprobado el decreto foral que regula la circulación de vehículos a motor en sus montes de utilidad pública y en los de las entidades locales limitando el acceso a los montes únicamente a través de las vías principales, es decir, las que tienen una anchura mínima de tres metros, están afirmadas y estabilizadas y disponen de infraestructuras suficientes (cunetas, alcantarillas, etc..) como para asegurar el tránsito, sin deterioro de la vía.
Entre los requisitos que se exigen para circular por esas vías principales se menciona el que los vehículos cuenten con un dispositivo silenciador homologado, no superen los 3.500 kg de peso y circulen a menos de 30 km/hora. La circulación por vías autorizadas que no estén afirmadas y estabilizadas se realizará sólo en condiciones de suelo seco y se exigirá autorización expresa para la circulación nocturna.
El decreto, presentado esta mañana por la Diputada de Agricultura, Estefanía Beltrán de Heredia, responde a una demanda cada vez más extensa de una buena parte de la sociedad alavesa que reclamaba la necesidad de ordenar, regular e incluso restringir el acceso de los vehículos (coches, camiones, motos y quads….) a los montes.
Saludos
Para quien se lo quiera leer, aqui dejo el enlace en la que viene la nueva disposicion en el BOTHA
Saludos
Egun on EH
El enlace me daba error y lo he tenido que buscar:
Eskerrik asko
Eguno nEH
y para los más vaguetes:
Artículo 3.- Vías autorizadas para el tránsito de vehículos a motor
1.- La circulación de vehículos a motor queda limitada a las vías y caminos de tránsito autorizadas y áreas específicas acondicionadas, en las condiciones que se establecen en la presente normativa. No obstante, la circulación de vehículos a motor fuera de las vías y caminos autorizadas estará permitida para la realización de labores necesarias autorizadas para la gestión agroganadero y forestal y para labores de vigilancia y protección del monte, así como en casos de emergencia o fuerza mayor.
2.- Con las excepciones señaladas en el apartado precedente, se prohibe expresamente la circulación de vehículos a motor en las siguientes vías:
a) Las vías definidas como vías forestales secundarias por el presente Decreto.
b) Las expresamente declaradas de uso restringido por las entidades titulares de las mismas por razones fundadas de interés público o de garantía de conservación de las propias vías.
c) Las vías autorizadas que no estén afirmadas y estabilizadas en condiciones de suelo húmedo.
d) Las que cuenten con una limitación temporal o permanente por motivos de protección medioambiental.
e) Las vías verdes salvo para el paso de vehículos de usos agroganadero y forestal en las de uso de carácter mixto.
f) Las sendas forestales.
3.- Tendrán la consideración de vías autorizadas para la circulación de vehículos a motor todas aquellas vías y caminos acondicionados para ello y no incursos en los supuestos de prohibición del apartado precedente que no se hayan declarado y señalizado como prohibidos o de uso restringido.
Hay un listado ecaminos no autorizado? o esto va a ser segun le venga al guarda de turno?
Si hecho dos cabras al monte puedo andar por el por donde quiera?.
Gracias.
Hecha la ley, hecha la trampa........
compras 2 ovejas y un carnero, los atas a la bola de remolque, y ya tienes permiso para andar. :laughing4:
Si compras un par de cabras, te diran que es obligatorio la escalera y el acordeon. :evil6:
pues por aqui (nuestra zona) lo tenemos bien claro ;D desde julio asta octubre PRIHIBIDO :-[ :-[ pisar el monte, eso si 😀 siempre estan las pistas para dar un paseo ;D
🙂 🙂
Hola jesús
Lo tienes en el enlace que he puesto más arriba, pero ya que escribo :
2010eko martxoaren 22a, astelehena ALHAO 32 BOTHA Lunes, 22 de marzo de 201
Salute
Lunes, 22 de marzo de 201
Salute
Osea, Hace 1809 años ;D
Pasarlo Bien estos días 😉
