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Fecha fabricación RR

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(@toti52)
Registrado: hace 18 años
Respuestas: 306
Iniciador del debate  

Tengo un RR con fecha de primera matriculación en febrero del 87, por un més no me entra como clasico en el 2012.
¿Alguien ha hecho la gestión de pedir la fecha de fabricación a LR?, es para ver si está fabricado antes y puedo entrarlo ya el 2012.



   
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(@Lepiland)
Registrado: hace 16 años
Respuestas: 1393
 

Creo que para considerarlo clasico. al menos para pagar, lo que vale es la fecha de matriculacion.

Alfons



   
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 Peyo
(@Peyo)
Registrado: hace 16 años
Respuestas: 206
 

Si lo dices por tramitar la bonificación del impuesto municipal y si el coche es de origen nacional, se tiene en cuenta la fecha de matriculación y no la de fabricación. Sólo se tiene en cuenta la fecha de fabricación en casos como que el coche se hubiera importado usado.



   
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(@Davitxin)
Registrado: hace 18 años
Respuestas: 283
 

podrías esperar un mes para asegurarlo.

Por otro lado, y aunque dependa de los ayuntamientos, para no pagar impuesto municipal deberías esperar hasta el 2013. Y digo dependa porque son ellos los que deciden si un vehículo con más de 25 años queda excluído del pago, paga una parte (la mitad suele ser), o sigue pagando normal. Lo del año 2013 es porque, si funcionan como en mi ayuntamiento, la exención total o parcial se hace al año siguiente de cumplir los 25. Por cierto, también dependiendo del ayuntamiento,  la exención total o parcial se aplica automáticamente, o bien hay que solicitarla por escrito.

un saludo



   
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(@Lepiland)
Registrado: hace 16 años
Respuestas: 1393
 

podrías esperar un mes para asegurarlo.

Por otro lado, y aunque dependa de los ayuntamientos, para no pagar impuesto municipal deberías esperar hasta el 2013. Y digo dependa porque son ellos los que deciden si un vehículo con más de 25 años queda excluído del pago, paga una parte (la mitad suele ser), o sigue pagando normal. Lo del año 2013 es porque, si funcionan como en mi ayuntamiento, la exención total o parcial se hace al año siguiente de cumplir los 25. Por cierto, también dependiendo del ayuntamiento,  la exención total o parcial se aplica automáticamente, o bien hay que solicitarla por escrito.

un saludo

Añado que algun ayuntamiento pide un certificado de "Vehiculo Clasico" que puede ser expèdido por un club de coches clasicos. Este club tambien lo puede hacer.

Alfons



   
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(@LSmalaga)
Registrado: hace 16 años
Respuestas: 2549
 

Si es por la bonificacion del impuesto de vehiculos de traccion mecánica, depende de cada ayuntamiento, por ejemplo en el de Málaga no te dicen nada de la matriculación si no de la fecha de fabricación que debera acreditarse mediante ficha técnica.

Saludos



   
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(@toti52)
Registrado: hace 18 años
Respuestas: 306
Iniciador del debate  

En mi caso el coche es de importación de segunda mano y creo que me aceptarian la fecha de fabricación siempre que fuese anterior a febrero del 87 y evidentemente con algún certificado.
No sé si pedir ayuda a algún concesionario de LR o ponerme en contacto con la casa matríz a ver que pasa.
De todas formas gracias a todos por preocuparos por este tema.



   
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(@Lepiland)
Registrado: hace 16 años
Respuestas: 1393
 

En mi caso el coche es de importación de segunda mano y creo que me aceptarian la fecha de fabricación siempre que fuese anterior a febrero del 87 y evidentemente con algún certificado.
No sé si pedir ayuda a algún concesionario de LR o ponerme en contacto con la casa matríz a ver que pasa.
De todas formas gracias a todos por preocuparos por este tema.

Esto te lo responderan con precision en tu ayuntamiento puest en algunos piden la primera matriculacion, que en este caso es en extranjero.

Creo que habia una web de la misma Land Rover donde decia la fecha de fabricacion. Y se podia pedir un certificado de este dato. . . . una especie de partida de nacimiento. :-*

Alfons



   
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SERRUJAN
(@serrujan)
Entendido en LR Socio
Registrado: hace 20 años
Respuestas: 1633
 

Según ésto, el dato principal es la fecha de fabricación y no de matrícula.

REGLAMENTO DE VEHÍCULOS HISTÓRICOS
REAL DECRETO 1247/1995 de 14 DE JULIO 1995

CAPITULO I CATALOGACIÓN.
ARTÍCULO 1. CONCEPTO Y CONDICIONES.
Podrán ser considerados vehículos históricos a los efectos de este Reglamento:
1. Los que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a
partir de la fecha de su fabricación
. Si ésta no se conociera, se tomará
como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el
correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.

Un saludo



   
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