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Prohibido el transito de personas en verano

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(@APuiggros)
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Medio Ambiente prohíbe el tránsito de personas durante el verano en los montes por el riesgo de incendios

La Consejería publica la orden por la que restringe, durante los meses de julio, agosto y septiembre, el paso por lugares que no sean caminos y pistas

La Consejería de Medio Ambiente ha dispuesto una serie de «normas preventivas y de utilización del fuego» que llegan hasta el extremo de prohibir a las personas el histórico, tradicional y pleno disfrute del patrimonio natural, precisamente en una época tan propicia para perderse por el monte en busca de alivios y sensaciones como los meses de julio, agosto y septiembre. Ese salir de casa para campear monte a través se acabó en parte de la naturaleza castellano-leonesa. Incluso en otras épocas, «cuando las circunstancias climatológicas lo aconsejen», según recoge la orden publicad ayer en el Boletín Oficial de Castilla y León.
«Queda prohibido el tránsito o estancia de personas en los montes por zonas declaradas de alto riesgo de incendios en época de peligro alto de incendios excepto aquellas relacionadas con las actividades de vigilancia, gestión y mantenimiento, tanto de montes públicos como privados» precisa el artículo sexto, referido al uso social y acceso público durante la época de peligro alto de incendios forestales.
Añade que «se entiende por actividades de gestión y mantenimiento todas aquellas que puedan ser desarrolladas tanto por gestores forestales como por los propietarios de los terrenos para su aprovechamiento, conservación, defensa y mejora, así como las que puedan llevar a cabo titulares debidamente autorizados de aprovechamientos de cualquier tipo, considerando tales, las actividades cinegéticas y piscícolas».
Dentro de este artículo, apunta una serie de excepciones. Así «en los montes públicos se autoriza el tránsito de personas por las pistas forestales y vías pecuarias, dentro de sus estrictos límites, en las que tradicionalmente haya estado permitido». En los montes de régimen privado «se autoriza el tránsito de personas por vías, caminos, sendas y vías pecuarias que los atraviesen, dentro de sus estrictos límites, siempre que cuenten con autorización de sus propietarios». Asimismo se autoriza «la estancia de personas en las áreas recreativas ubicadas en montes públicos».
Dentro de los Espacios Naturales declarados Protegidos «se autoriza el tránsito de personas con fines turísticos y recreativos por los caminos y senderos acondicionados para ello, así como la estancia de equipamientos de uso público habilitados al efecto».
No se verán afectados los caminante del Camino de Santiago por cuanto que se autoriza «el tránsito de personas en todo su trazado tradicional y variantes de la comunidad autónoma, con independencia de titularidad y de la naturaleza física del mismo».
Fuentes de la Guardería Forestal hacían referencia ayer «a la falta de concienciación de ciertas personas», que les lleva a tener un pésimo comportamiento en monte, no obstante no creen que deba impedirse que los ciudadanos puedan acceder a fuentes, parajes, cuevas o lugares que forman parte de patrimonio natural digno de disfrutarse en vacaciones.
Otras actividades prohibidas «durante todo el año» hacen referencia «al lanzamiento de cohetes, globos o artefactos de cualquier clase que contengan fuego», que puede ser autorizado por el jefe de Servicio de Medio Ambiente «en el caso de fiestas y celebraciones tradicionales siempre que no tenga lugar en zonas declaradas de alto riesgo de incendio durante la época de peligro alto de incendios». También queda prohibido «tirar fósforos, colillas, puntas de cigarro o cualquier material en ignición al suelo», así como «la quema de cualquier acumulación de residuos o restos de cualquier tipo».
En el artículo de medidas preventivas se apunta que «los organismos, entidades concesionarias y particulares deberán tomar medidas de seguridad oportunas con respecto a la limpieza de cunetas y zonas de servidumbre de caminos, carreteras y vías férreas». Y los agricultores «deberán realizar, tras la cosecha, en las parcelas de cultivos anuales situada a menos de 400 metros de una masa forestal, franjas perimetrales de una anchura mínima de tres metros, que será de veinte metros mínimo en caso de ser colindante con una masa forestal o un casco urbano».

Efectos y repercusiones
La Consejería de Medio Ambiente, en el preámbulo de la orden, señala que «los incendios forestales constituyen un riesgo, tanto por los posibles daños que pueden ocasionar en las personas y bienes, como por los efectos directos que tiene cuando afecta, sobre todo, a superficies arboladas, causando un deterioro para los montes, tanto desde el punto de vista de su riqueza como por las repercusiones en las condiciones climatológicas globales y en el desencadenamiento de procesos erosivos». Es por ello que «se hace necesario regular aquellas actividades que puedan provocarlos durante las épocas de peligro, en el medio rural».



   
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(@APuiggros)
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Aunque.................casi todos los incendios empiezan al lado de las carreteras. 🙁

¿Tambien van a prohibir circular por las carreteras? 😈

Antoni



   
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(@MANOLILLOU)
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joer, qe putada. es qe ni andando!!! en fin. solo quieren el monte pa sacar dinero con las madereras. les da todo igual. los politicos solo piensan en su dinero y sus comisiones. (les deben dar mas por madera sin quemar que por la quemada).
Señores, esto no es educacion para fomentar el respeto y el inter´s por la naturaleza. esto es fomentar el pasotismo. " si se qema el monte, que se queme, total, a nosotros no nos lo dejan pisar" eso es lo que acabaremos pensando. hay que enseñarle a la gente que esto es de todos, y tenemos qe cuidarlo y respetarlo todos. prohibir no es la solucion.

estoy muy indignado



   
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(@pipahon)
Registrado: hace 1 segundo
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MANOLILLOU te doy toda la razon aunque lo de que solo quieren sacar dinero de las maderas no se por tu tierra pero por la mia, soy de Soria, bien poco salvo una zona lo demas medio abandonado. ultimamente parece que para todo la solucion es prohibir.



   
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