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Cosejo sobre homologar a 2 plazas o montar camper con asientos plegados
De todo esos artículos se desprende que si se considera carga y si no sale el vehículo y sobresale por fuera del vehículo se pude llevar. Para ser cargar, eso sí, no puede estar fija al coche.
Sujeta y asegurada no es fija, es carga suelta, no unida permanentemente al vehículo.
Yo entiendo que si utilizas alguno de los agarres destinados para sujetar carga, sea la que sea esa carga, (por ejemplo pales de madera) agarrados a través de los dispositivos de agarre naturales del vehiculo, no deberían multarte. Ahora bien, cómo se comenta, si los agarres los has puesto tu al vehículo (llámese tornillos o lo que fuera al chasis o carroceria) ahí si están en derecho de multarte.
Esto es lo que yo entiendo.
Yo entiendo que si utilizas alguno de los agarres destinados para sujetar carga, sea la que sea esa carga, (por ejemplo pales de madera) agarrados a través de los dispositivos de agarre naturales del vehiculo, no deberían multarte. Ahora bien, cómo se comenta, si los agarres los has puesto tu al vehículo (llámese tornillos o lo que fuera al chasis o carroceria) ahí si están en derecho de multarte.
Esto es lo que yo entiendo.
ES lo que entiendo yo también, ya casi lo tengo terminado, llega la hora de salir con él y probar suerte
