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Cinturones
Cuando me pararon el otro dia, tambien me dijeron que da igual que la ITV este en regla. Me puso el ejemplo de que si instalas un enganche de remolque y éste esta homologado y reflejado en la ficha tecnica te pueden multar si la bola no deja bien visible la matricula. En fin que la fuerza nos acompañe ante las leyes y los agentes del orden.
En el siguiente link tenéis “MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN DE LAS ESTACIONES I.T.V.” editado por el MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA. En la página 47 define lo que te puede exigir la ITV respecto a los cinturones de seguridad.
Según el Reglamento General de Circulación (REAL DECRETO 1428/2003, de 21 de noviembre) Disposición adicional segunda. Uso obligatorio de cinturones de seguridad en turismos.
El cumplimiento de la obligación de utilizar cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados, correctamente abrochados o colocados tanto en circulación en vías urbanas como en interurbanas, impuesta en el artículo 117.1.a) y b) a los conductores y a los pasajeros de asientos determinados de los vehículos que en dicho precepto se especifican, sólo será exigible respecto de aquellos vehículos que se hayan matriculado con posterioridad al 15 de junio de 1992.
Los mencionados vehículos que no llevasen en esa fecha instalados, en dichos asientos, los citados mecanismos no vendrán obligados a hacerlo, pero sí a utilizarlos sus pasajeros cuando los llevasen instalados.
Saludos,
