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Tranquilos, no os alarmeis que quien hizo la ley hizo la trampa. Si esto fuese así ya sacarán la contrarreplica o sistema que se salga por la orillita.
Que no pasa nada, acaso cerraran el celebre barrio madrileño
de la Cañada Real.
Hay mas ladrones que piezas y alguno honesto que vende recambios usados
Los vehículos de época quedan exentos. Legalmente no está definido y en la ley dece entre otros los que tienen valor de colección, es decir los nuestros.
Me he leído el decreto un par de veces, y lo mismo es que ando espeso, pero no veo por ningún lado ni la prohibición de venta de piezas entre particulares, ni la pérdida del seguro por su uso, ni casi nada de lo que indica el articulo de Cosas de Coches...
Lo mismo digo yo. Propongo que nos leamos bien los dos decretos (el nuevo y el derogado) y saquemos conclusiones.
Me he leído el decreto un par de veces, y lo mismo es que ando espeso, pero no veo por ningún lado ni la prohibición de venta de piezas entre particulares, ni la pérdida del seguro por su uso, ni casi nada de lo que indica el articulo de Cosas de Coches...
A lo sumo, e hilando fino, una referencia en el artículo.5 que dice que será gratuita la entrega de un vehículo a un CAT para su baja si contiene al menos la carrocería y el grupo motor, y no se le han añadido piezas ajenas o desmontadas algunas de las propias.
Vamos, que si un día me sobra la pasta y cambió el motor de mi RR por uno nuevo, nada me impide vender el viejo. Eso es al menos lo que deduzco del BOE.
Coincido contigo. Y afirmo que quien haya redactado el artículo de cosasdecoches.com es un cazurro, analfabeto, ignorante y tonto del culo.
De momento hay refugio en el apartado 3... ;D
3. En el caso de que no se facilite el certificado de reparación a la estación ITV, o que ésta compruebe que el taller que lo emite no consta como habilitado, se hará constar en el informe de ITV: «no se acredita haber efectuado las reparaciones en taller habilitado», lo que no supondrá impedimento para que la inspección sea declarada favorable
...de momento...ya le darán otra vuelta de tuerca para que compréis un Prius ecológico de sesenta mil pavos en cómodas mensualidades de toda la vida... ::)
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Tengo un amigo que trabaja para una conocida marca de automóviles, y me dijo (ya hace como 7 u 8 años) que el sector del automóvil estaba intentando poner fecha de caducidad a los coches. COn esta medida, decía, se conseguiría abaratar el precio de los automóviles :P.
Pero claro, cada X años, habría que tirarlo si o si, enterito al desguace o servicio de reciclado.
Nunca escuché nada más. Pero sería una medida que nos hundiría en el consumismo para los restos (lo siguiente sería empezar con las ITI - inspecciones técnicas a los inmuebles, y luego fecha de caducidad también). Tampoco dudo que se estén preparando legislaciones para abrir las puertas a esta medida.
Hace tiempo también que estaban barruntado el construir motores de usar y tirar. Motores más simplificados en cuanto a número de piezas, que no se podrán abrir para su posible reparación, o para la substitución de piezas internas de desgaste.
>:(
Larga vida a nuestros cacharros...
Carles (GASSMAN)
Yo creo que tardara mucho tiempo en que se pueda aplicar esta ley tajantemente, pero vamos todos es posible. Que pena .
No se que se sigue discutiendo, los que han leído el RD dicen que la noticia es un bulo más, como tantas cosas que circulan por internet.
Por cierto la ITE Inspección técnica de la edificación es obligatoria hace años...
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Nada, plan reventa de entradas: "vendo boli bic cristal que escribe normal, 300 pavos, de regalo grupo trasero de disco 300" :laugh: :laugh:
Hecha la ley "mala ley" hecha la trampa.
Un saludo
Jesús M M M
Efectivamente habrá que leer el RD a ver que dice. Yo entiendo que no se podrá vender despieces completos de coches que estén dados de baja de forma particular, pero si yo cambio la bomba de embrague por una nueva y quiero vender la vieja nadie me lo podrá impedir, imagino.
¡Cada vez me gusta mas esto de vivir en libertad!, manda guevos la cosa no poder vender una pieza usada!.
En caso de ser cierto, yo entiendo lo mismo que tu.
Hola, como este tema me interesa bastante, me he leído (con ciertas prisas) el decreto antiguo, que queda derogado:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2003-92
y el nuevo, que lo sustituye:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-656
Os invito a hacer lo mismo para que entre todos saquemos conclusiones sólidas.
No veo diferencias significativas entre uno y otro en lo referente a la compraventa de piezas usadas entre particulares. De hecho yo diría que este asunto no se nombra específicamente en uno ni en otro. O sea, si no era ilegal hasta ahora, entiendo que sigue igual.
El articulado es distinto pero los contenidos los encuentro casi iguales. Las únicas diferencias importantes que veo son dos. Una, el nuevo decreto aborda específicamente el asunto de los neumáticos usados. Y dos, el % en peso que obligatoriamente debe ser reciclado o valorizado es ahora mucho menor que antes. No entiendo la razón.
De momento respiro tranquilo a falta de lecturas más sagaces.
