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Reforma del reglamento sobre uso de cinturones y Sistema de Retención Infantil
Muchas gracias Bamako por tu gestión. Lamentablemente creo que la súper respuesta oficial por escrito nos ha dejado colgando sin la última respuesta.
Creo que lo que he sacado medio claro es que primero, los niños tienen que usar SRI SIEMPRE. Segundo, si no se pueden llevar niños detrás por cualquier motivo legal, los niños pueden viajar delante SIEMPRE en un SRI apropiado. Si hay cinturones delante el SRI a utilizar está claro. Si no hay cinturones delante dice que si se puede llevar un niño en un SRI con sistema móvil y sin-cinturón apropiado. ¿Pero cuales son los SRI que se pueden instalar de forma legal y móvil en un vehículo sin cinturones delante? Ahhh, no lo dice pero aseguran que como las meigas, haberlas haylas. 😮 😮 😮
Como siempre que se hace una pregunta a un organismo oficial, se pierden en tecnicismos absurdos que no tienen por donde cogerse......
Siempre nos quedara pegar los SRI con loctite
Hola:
Es curioso, porque en este folleto oficial de la DGT dice que no existen sillas que no se sujeten con cinturón de seguridad o Isofix:
¿A quién hacemos caso?
Sé que puede ser tocar las narices, pero yo insistiría en que se mojaran para que nos dijeran claramente "sí" o "no".
Un saludo.
Solo añadir un poco mas de informacion sobre el tema.
Con su permiso, paso a transcribir los correos intercambiados con un experto de la Fundacion Mapfre sobre Seguridad Vial y en concreto sobre dicho tema. https://sillasdecoche.fundacionmapfre.org/infantiles/
No conservo copia de las preguntas salvo en una, ya que las mismas se realizaron directamente en su Web
Primera respuesta despues de preguntar como afectaba todo esto a los vehiculos que no tienen cintos traseros...
En respuesta a su consulta Consulta al experto de Sillitas Infantiles , realizada el 02/12/2015 - 20:58:53, le comunicamos que:
Ante todo, entendemos sus dudas, y cuando se trata de garantizar la seguridad de los más pequeños somos los primeros que queremos ser de ayuda. La legislación vigente
tiene previstos los casos en los que no es posible instalar los sistemas de retención infantil en las plazas traseras porque no existan cinturones de seguridad,
y como bien apunta, sería mediante un anclaje de tipo ISOFIX, que también sirve para las nuevas homologaciones como i-Size. Aquí dispone de más información sobre
este sistema ISOFIX: https://sillasdecoche.fundacionmapfre.org/infantiles/sillas-mas-seguras/isofix/, y también sobre la homologación i-Size: https://sillasdecoche.fundacionmapfre.org/infantiles/normativa/i-size/
Tenga en cuenta que las reformas de la ley, y los diferentes sistemas de retención infantil se desarrollan atendiendo a las nuevas generaciones de automóviles,
y como es lógico, tienen prevista la compatibilidad de dichos sistemas con vehículos de mayor antigüedad. No es viable legislar a un nivel de detalle tan individual,
y entendemos que la ley se ha reformado por el bien de todos, y en especial en aras de mejorar la seguridad de los más pequeños en sus desplazamientos.
Si podemos serle de ayuda para resolver cualquier duda en cuanto a la instalación de la silla infantil, o de cualquier otro particular, no dude en escribirnos de
nuevo.
Gracias por confiar en nosotros.
Reciba un cordial saludo.
FUNDACION MAPFRE
Logicamente esto no termina de aclaranos nada, asi que, insistí sobre el tema....
Buenos dias.
Insisto un poco sobre el tema porque no me acaba de quedar claro. Segun he creido entender, parece que para la sujeccion correcta de los SRI´s no es necesario que dispongamos de cinturones traseros, pero si los vehiculos que no disponen de ellos y que ademas, no se les permite su instalacion, no entiendo como van a llevar sistemas ixofix, ni siquiera que se puedan montar a posteriori con su correspondiente homologacion sobre el vehiculo, ya que esto mismo no se hace con la instalacion de cinturones traseros cuando no existe preinstalacion de serie.
Entiendo que la legislacion sobre este tema sea con caracter general y no contemple aspectos tan concretos como estos, pero no estoy de acuerdo con que sean casos puntuales, ya que en España existen cientos de clubs de ahutomoviles clasicos e historicos, algo que ciertamente esta en auge, y afecta a muchas personas que ademas de poseer un vehiculo de estas caracteristicas, gustan de salir con él incluso para uso diario junto con su familia en vez de tenerlo de exposicion en una vitrina.
Puesto que dichos coches en su momento cumplian con lo ordenado en la homologacion en cuanto a su permisibilidad para circular con menores, no es de recibo que no puedan hacerlo ajustandose a la normativa.
Con la legislacion anterior, los menores de 3 años al menos podian ir en el asiento delantero con su correspondiente SRI sujeto por el cinturon, y lo de 3 años o mas, ir en los asientos traseros sin cinturon por estar exentos de ello en dicho tipo de vehiculos.
Como esa no era la verdadera solucion, los que se han preocupado por el tema han intentado instalar cinturones traseros con mayor o menor suerte, y muchos nos hemos tpoado con que para homologar dicha instalacion, si no viene la preinstalacion de serie, deberiamos hacer obligatoriamente un crash-test con nuestro vehiculo para poder comprobar la eficacia de los nuevos cinturones.
Dado que esto es inviable, nos encontramos con que los que ya hemos instalado cinturones atras de forma alegal estamos al albur del oficial de turno, bien sea ITV o bien los agentes encargados de la vigilancia y cumplimiento de la LTCSV.
En determinadas situaciones, las ITV hacen vista gorda, en otras, simplemente te obligan a quitarlos para volver a ponerlos nada mas pasar la ITV.
Los agentes de trafico, unas veces te dan los parabienes, ya que siempre es mejor ir sujeto con un cinturon que ir sin nada, y otros te denuncian por incorporar elementos de seguridad no homologados.
Tal como ha quedado la modificacion del tema de los cinturones y de los SRI´s infantiles entendemos que los vehiculos que no dispongan de cinturones traseros y no se pueda instalar los mismos o otros tipos de anclajes tipo isofix por ser imposible a dia de hoy su homologacion sobre dicho vehiculo, no son aptos para poder llevar a menores de estatura inferior a 1,35 en ninguna de sus plazas.
Si no estoy en lo cierto o hay alguna posible aclaracion, le agradezco enormemente las molestias que se ha tomado en responderme.
Un saludo
La respuesta fue.....
En respuesta a su consulta Consulta al experto de Sillitas Infantiles , realizada el 07/12/2015 - 11:20:07, le comunicamos que:
Estimado José Ángel, muchas gracias por trasladarnos su consulta extendida sobre el particular. En él vemos dos puntos principales: la imposibilidad de montar cinturones
de seguridad traseros porque no es viable su homologación; y el uso e instalación de un sistema ISOFIX. En ambos casos estaría a expensas de que se hayan realizado
pruebas de homologación pertinentes para ambos sistemas, pero no necesariamente con su propio vehículo, sino con ese modelo, en el pasado o en el presente, con
la ayuda del fabricante. En este punto, ¿le han pedido homologación y prueba de crash test con su propio vehículo?
Por otro lado entendemos la problemática de poseer un vehículo de estas características y que tiene su propio marco legal, pero por lo que respecta a la ley, nos
tememos que es muy clara y concisa en este aspecto. Añadiremos que, en casos puntuales, puede parecer injusta, pero como argumentábamos en el email anterior, lamentablemente
no es posible legislar, a veces, para casos minoritarios (comprendiendo que, efectivamente, existen muchos clubes de coches clásicos, y cada vez más).
Aquí hemos de tener en cuenta, por decirlo así, dos leyes de forma simultánea: si su vehículo está matriculado antes de 1988, está exento de la obligación de disponer
de cinturones de seguridad en los asientos traseros. Sin embargo, los menores de tres años (y en general los menores de 18 años y menos de 135 cm de estatura) no
pueden viajar sin el correspondiente SRI homologado y adaptado a su estatura y peso.
En este sentido, mucho nos tememos que no exista una solución alternativa a las expuestas tanto en su pregunta como en la presente respuesta. Agradecemos enormemente
su confianza.
Gracias por confiar en nosotros.
Reciba un cordial saludo.
FUNDACION MAPFRE
Creo que queda claro, no?
