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ley de montes
Sesenta y ocho. El artículo 54 bis queda redactado de la forma siguiente:
«Artículo 54 bis. Acceso público.
1. El acceso público a los montes será objeto de regulación por las
Administraciones Públicas competentes.
2. Las comunidades autónomas definirán las condiciones en que se permite la
circulación de vehículos a motor por pistas forestales situadas fuera de la red de
carreteras y a través de terrenos forestales, fuera de los viales existentes para tal fin.
3. En ningún caso podrá limitarse la circulación en las servidumbres de paso
para la gestión agroforestal y las labores de vigilancia y de extinción de incendios de
las Administraciones Públicas competentes.
4. El acceso de personas ajenas a la vigilancia, extinción y gestión podrá
limitarse en las zonas de alto riesgo de incendio previstas en el artículo 48, cuando el
riesgo de incendio así lo aconseje, haciéndose público este extremo de forma visible.»
ha cambiado algo ? se podría circular sin ser perseguidos???
Lo q ha cambiado es q a partir de ahora se pueden recalificar zonas afectadas por incendios.
O sea q puede q arda media España. Q un bosque impide la construccion de una urbanización pues se pega fuego al monte, se hace una recalificación del suelo aprobada por un instrumento de planificacion del suelo (o como se diga, no recuerdo las palabras exactas de la Ley) y a construir chalets donde antes había un bosque.
Lo ponen a huevo para q arda España por los cuatro costados para cambiar árboles por ladrillos.
Pero usted, ciudadano anónimo, no se le ocurra podar un fresno en su finca (digo podar y no talar) porque la administración le cruje vivo. Este país da cada vez más pena.
bueno yo me referia a q ahora deja entender el articulo 54...que hay caminos por donde pueden circular los vehículos,,,,
No me hagas caso. Perdoname q me he ido por las ramas.
Pero es q esta ley en el tema de los incendios puede ser nefasta.
No me hagas caso. Perdoname q me he ido por las ramas.
Pero es q esta ley en el tema de los incendios puede ser nefasta.
Exacto y a los demás como estábamos o peor...
Saludos
pero parece ser que ahora el famoso artículo 54...deja entreveer que hay caminos por donde sí s epuede circular y que eeso depende de las CCAA.
Madre mia al final vamos a tener que construir circuitos para poder disfrutar del placer del tt que asco porfavor. >:(
Madre mia al final vamos a tener que construir circuitos para poder disfrutar del placer del tt que asco porfavor. >:(
Yo que soy endurero desde hace años os digo que se sufre de la misma manera, TODO PROHIBIDO >:( >:( >:( >:( En el caso de las motos es fácil salir pitando delante de las autoridades, yo lo he hecho un par de veces con la matrícula bien embarrada....Con los coches imposible. Ahora que me voy a comprar un 4x4 ¿Me vais a decir que no puedo salir al campo? :'( :'(
Cuidado endureros con lo q decís q esto es un foro abierto y a lo mejor no es conveniente reconocer en público q habéis salido pitando delante de las autoridades con la matrícula embarrada. Yo no lo haría (decirlo públicamente.)
Un saludo.
No entiendo cual es el objetivo de la ley.
Lo correcto sería que los aficionados a 4x4 pudiesen federarse y pagar una cuota como quien se dedica a la pesca. En zonas con exceso de vehiculos/personas podrían poner límites y restringirlo a federados.
Por ejemplo si alguien quiere ir con su barco a la isla de cabrera puede hacerlo, pero como hay cupos tiene que pedir autorización y hay meses de espera. Al final puedes y no hay aglomeraciones.
Es un poco como los montañeros aficionados, la lian y al final los tienen que rescatar en helicoptero, y como son insolventes acabamos pagando todos.
Las multas por hacer el vándalo en el monte deberían ser ejemplares, al mismo nivel que las que ponen por exceso de peso (entre 300€ y 5000€)
Es una idea.
Pues el tema de la federación podría estar bien...seria una manera de sacar a los indios que se creen que todo el monte es orégano de los caminos.
Te cazan haciendo el cabra por el monte, circulando por fuera de pistas....licencia retirada un tiempecito y uno se lo piensa 2 veces la próxima ocasión.
Lo que pasa es que es mas fácil prohibirlo en general que regularlo....
Un saludo.
Lo de federarse la verdad es que no se me habia ocurrido, pero es una idea genial, seria una manera de regular el acceso al monte sin prohibirlo.
No entiendo cual es el objetivo de la ley.
Lo correcto sería que los aficionados a 4x4 pudiesen federarse y pagar una cuota como quien se dedica a la pesca. En zonas con exceso de vehiculos/personas podrían poner límites y restringirlo a federados.
Por ejemplo si alguien quiere ir con su barco a la isla de cabrera puede hacerlo, pero como hay cupos tiene que pedir autorización y hay meses de espera. Al final puedes y no hay aglomeraciones.
Es un poco como los montañeros aficionados, la lian y al final los tienen que rescatar en helicoptero, y como son insolventes acabamos pagando todos.
Las multas por hacer el vándalo en el monte deberían ser ejemplares, al mismo nivel que las que ponen por exceso de peso (entre 300€ y 5000€)
Es una idea.
Me has acojonao. Voy a ponerme a dieta a ver si adelgazo.
Respecto del objetivo de la ley es facil: poder recalificar terrenos quemados.
