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Duda con un 109 industrial para descapotar
Hola muy buenas.
Tengo un LR 109 del 81 y estoy empezando a restaurarlo pero tengo dudas con el techo y si pasara o no la itv.
Mi plan era dejarlo totalmente descapotable, sin lona sin marco de las ventanas y si se puede con el parabrisas abatido pero preguntando en la itv de Algarrobo (Málaga) me dijeron que necesito ponerle cinturones a los 9 asientos y barra antivuelco (y que un perito lo homologue)
Es un vehículo mixto (de los que pasan la revisión casa 6 meses) y no se si me podré ahorrar todo lo que me dijeron que necesitaba ponerle porque el presupuesto es reducido (soy estudiante y era el coche de mi padre hasta que se harto de él y se le coge cariño jaj)
He leído los demás foros y creo que no habrá problema al llevarlo allí "a pelo" pero me gustaría que me dierais vuestra opinión, gracias!!
Buenas noches Pepe.
En principio y tal como se ha hablado en este foro en varias ocasiones. Estos coches no tienen contraseña de homologación y en ningún sitio de su ficha indica si la carrocería es de techo duro. lona, pick up o similar ya que se vendía en cualquiera de sus configuraciones, posibles.
En cuanto a lo de que debe tener cinturones. No se cual.es el año en el que eran obligatorios. Pero al ser un vehículo industrial creo que están exentos al menos los de esos años.
Lo que si que tendrás que pasar es la prueba de humos que es obligatoria en vehículos matriculados desde 1980.
A parte de esto estaría bien que te presentaras en el apartado de bienvenidas y presentaciones. Además de poner algunas fotitas de tu joya.
Cuidalo que aquí somos los entusiastas de este tipo de coches.
Veras que en este foro puedes aprender un montón sobre tu herencia.
Un saludo desde el norte.
Perdón por llegar sin presentarme, mañana os enseñaré al "Juan Robles" como lo llamamos mi familia que me habéis pillado sin fotos 😛
Esta joya más bien es un diamante en bruto jaja el pobre esta muuuuy hecho polvo así que tiene tarea.
Lo de los cinturones nunca los hemos tenido pero estaba con el techo puesto, el hombre de la estación dijo que habría que ponerlos si lo descapoto igual que el antivuelco pero eso ya empeora bastante mis planes.
Yo creo que no dirán nada pero me chocó un poco eso que dijo.
Lo único que no puedes hacer es circular sin parabrisas (o sea, abatido), pero como se ha dicho puedes circular con techo duro, lona o sin techo (incluso en algunos con contraseña se puede).
Si te ponen muchas pegas en la itv, planteate hacerlo histórico a través del club y te incluimos en el certifcado lo del techo, cinturones y todo lo que se tercie 😉
Tal y como te comente hay un montón de literatura en el foro series sobre lo que preguntas.
Este es el ultimo, usa el buscador y encontrarás un montón.
https://www.clublandrovertt.org/index.php?topic=87291.msg799013.msg#799013
Esperamos esas fotos.
Un saludo
Si es anterior al 74 mo tiene q llevar cinturones, este es del 81 asi q los tienes q llevar. Por lo de descapotarlo sin problema, siendo del 81 no lleva contraseña de homologacion. El asunto es q si lo quieres descapotable has de llevar los cinturones a la barra antivuelco y eso si q lo tienes q legalizar.
Y la itv cada 6 meses, q si no lo cojes mucho te haces el loco y cada año, pero resulta tedioso cada 6 meses poner el techo y todos los cachivaches para ir a pasar la revision. Pues eso asi de improviso es la opcion mas" rapida" y barata para quitarle el techo. Tener el coche de la forma q quieres, pues "nuestros amigos" de la GC :police: tampoco es q sepan mucho si el coche va descapotable si lleva o no cinturones y sin figurar en la ficha aun menos, y a pasar itv de la manera q tiene q ir.
Si planeas recuperar el coche, repasarlo y q se vaya a quedar tiempo contigo una de las mejores formas es hacerlo historico. No puedes llevar remolque,legalmente; no puedes llevar carga, no puedes dedicarlo a actividad comercial, modificarlo.. un coche de coleccion. Pero la itv con esta edad es cada 2 años y luego le podras hacer un seguro histórico.
Lo que dice Landrover1992 es justo lo que decía el de la itv pero creo que podría pasar dependiendo de la estación que sea.
Lo que haré será ir a otra distinta de la que fui a preguntar y a ver si cuela porque en todo lo que he leído por aquí a nadie le han dicho nada, sino a la segunda ya le volvería a poner el techo y se acabó el problema.
Hacerlo histórico me gusta la idea pero quizá más adelante, ahora a disfrutarlo un poco :D.
Landrover1992 perdona que te corrija pero la fecha para llevar cinturones delanteros de forma obligatoria es 1994 no 1974. un coche mixto adaptable del 81 NO ESTA OBLIGADO A MONTAR NINGÚN CINTURÓN, en cambio si fuese turismo si.
Tirad de buscador por fa que tenéis los cuadros de fechas colgados varias veces...
Lo digo solo para que no quede una información erronea colgada en el foro sin corregir que luego la búsquedas "las carga el diablo " 😉
no te pueden obligar a montar cinturones ni a llevar el techo.
En turismo era en el 74, pero en mixto adaptable era posterior es cierto. :-[Y con los asientos traseros ya nos vamos casi a reciente...
Coregido el error entonces a quitar el techo y a la itv, BOE en mano claro esta, jajaja
acabo de recibir un correo que toca este tema de los cinturones, os lo copio entero por si os sirve.
A la itv con la pagina del manual de itv correspondiente .... plazas delanteras de mixto adaptable del 7/94 en adelante, turismos TODOS están obligados a llevar ( en su momento se les obligo a montar).
sobre su uso....si es posible que llevar este boe a mano sea útil ante "los de verde" aunque yo soy mas de discutir lo mínimo, y si no llevan razón,se hace un pliego adjuntando el boe...
CIRCULAR Nº 129 / T-e
Asunto: Modificación del Reglamento General de Circulación
El Boletín Oficial del Estado (BOE nº 171, de fecha 18 de julio 2015) publicó el Real Decreto 667/2015, de 17 de julio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en lo que se refiere a cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil homologados.
La norma responde según se indica en la exposición de motivos la conveniencia de contemplar que todos los dispositivos de retención de niños que se utilicen a bordo de los vehículos deberán estar homologados, y por otra parte, exigir que la utilización de dichos dispositivos se realice conforme a las instrucciones facilitadas por el fabricante a través de un manual, folleto o publicación electrónica.
En este sentido, se ha modificado la redacción del Artículo 117 del Reglamento, que queda redactado como sigue:
«Artículo 117. Cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil homologados.
1. El conductor y los ocupantes de los vehículos estarán obligados a utilizar, debidamente abrochados, los cinturones de seguridad homologados, tanto en la circulación por vías urbanas como interurbanas. Esta obligación, en lo que se refiere a los cinturones de seguridad, no será exigible en aquellos vehículos que no los tengan instalados.
En todo caso, los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros deberán utilizar sistemas de retención infantil y situarse en el vehículo de acuerdo con lo dispuesto en los apartados siguientes.
2. En los vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, se informará a los pasajeros de la obligación de llevar abrochados los cinturones de seguridad u otros sistemas de retención infantil homologados, por el conductor, por el guía o por la persona encargada del grupo, a través de medios audiovisuales o mediante letreros o pictogramas, de acuerdo con el modelo que figura en el anexo IV, colocado en lugares visibles de cada asiento.
En estos vehículos, los ocupantes a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1 de tres o más años deberán utilizar sistemas de retención infantil homologados debidamente adaptados a su talla y peso. Cuando no se disponga de estos sistemas utilizarán los cinturones de seguridad, siempre que sean adecuados a su talla y peso.
3. En los vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, los ocupantes a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1 deberán utilizar sistemas de retención infantil homologados debidamente adaptados a su talla y peso.
Dichos ocupantes deberán situarse en los asientos traseros. Excepcionalmente podrán ocupar el asiento delantero, siempre que utilicen sistemas de retención infantil homologados debidamente adaptados a su talla y peso, en los siguientes casos:
1.º Cuando el vehículo no disponga de asientos traseros.
2.º Cuando todos los asientos traseros estén ya ocupados por los menores a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1.
3.º Cuando no sea posible instalar en dichos asientos todos los sistemas de retención infantil.
En caso de que ocupen los asientos delanteros y el vehículo disponga de airbag frontal, únicamente podrán utilizar sistemas de retención orientados hacia atrás si el airbag ha sido desactivado.
4. Los sistemas de retención infantil se instalarán en el vehículo siempre de acuerdo con las instrucciones que haya facilitado su fabricante a través de un manual, folleto o publicación electrónica. Las instrucciones indicarán de qué forma y en qué tipo de vehículos se pueden utilizar de forma segura.
5. La falta de instalación y la no utilización de los cinturones de seguridad y otros sistemas de retención infantil homologados tendrá la consideración de infracción grave o muy grave, conforme a lo establecido en el artículo 65, apartados 4.h) y 5.ll), respectivamente, del texto articulado.»
Este Real Decreto y concretamente en lo que se refiere a sistemas de retención infantil, entrará en vigor el 1 de octubre de 2015.
nada de montar a los peques en el land rover, no sistemas de seguridad adecuados...
Muchas gracias a todos por la información aquí os dejo el link donde están las fotos del coche para que le echéis un vistazo.
https://www.clublandrovertt.org/index.php?topic=88533.0
me he liado con los posts...
decia,
la mancha de aceite tiene pinta que es que sopla por la varilla de nivel, lo que quiere decir con bastante seguridad que el motor está para abrirlo,la caja también.... ojo con el precio que reparar ambas cosas puede ser 2000€ tranquilamente, luego tema chapa....
a mi me encanta recuperar cosas así.
Yo quiero llevar a mis hijos en el Land Rover cuando lo termine, significa que no puedo si no instalo. Cinturones y sillitas???
