Forum
Cinturones de seguridad e itv
Muy buenas, en mi serie 3 del 80 no traia cinturones de seguridad y no se
si es obligatorio ponerselos al no salir con ellos de fabrica. Si es necesario, ¿donde se pueden conseguir unos homologados?
Por otro lado si te paran con la itv caducada ¿que sancion te imponen? esta pasado por 6 meses porque he estado reparando las esferas cromadas.
Un saludo
No es necesario, hasta 1996 los vehículos industriales no están obligados.
Si te paran te caerá una multa, pero la ventaja es que el mismo dia no te pueden multar dos veces por lo mismo, creo que son unos 150€, aunque siole dices que has estado restaurando el coche, y que vas a la ITV, y tal... tal vez cuele
Sacado de la DGT
Si no se tiene una multa de 150 a 900 € (300 si es permiso B)
450 € si la tienes retenida por una ITV
sacado de
así que ojo
Si se circula sin la ITV en vigor el Seguro no te cubre :o. Y eso lo saben los de la benemerita :police:. Y como saben que estas circulando sin un seguro que te cubra :-[... es como si circularas sin seguro :o. Te pueden inmovilizar el coche y mandarlo a un deposito. 😮 >:( :'(
Si tienes asistencia en viaje en tu seguro. Puedes tirar de grua que no te subirá el seguro aunque la llames 10 veces al año. Le dices que tienes que llevar el coche a un taller que esta a ?? kilometros y le dices al de la grua que te lleve a la ITV.
Saludos.
Yo estoy en el mismo caso que Raul ,en los serie 1 y el serie 2 no tengo problemas ya que tengo fotocopiada la ley por la cual no estan obligados a llevar el cinturon de seguridad. Tambien había oido lo que dice Garmen, ( que los vehículos industriales hasta el año 1.996 no estan obligados) pero de eso no tengo documento escrito para poder presentar a los agentes en el caso der que me paren y me pregunten por ellos. Por favor ¿sería alguien tan amable de poner algun enlace o el mismo documento copiado aqui para que podamos pasarlo a papel y dárselo a los agentes en el caso que nos pregunten por los cintos?
Mi land rover es un especial del año 80 y no encuentro el sitio adecuado para instalarlos.¿Sería posible a traves de algun ingeniero o laboratorio que nos hicieran algun documento que dijera que este tipo de vehículos no traían cinturones de serie, para así poder formular un pliego de descarga en el caso de ser sancionados?. Supongo que de la casa Santana nos olvidamos para este tipo de tramitación , si no es así, que alguien nos diga algo.
Gracias. Saludos.
En UK venden el juego de retráctiles de 3 puntos con sus respectivas platinas de refuerzo para colocar en los Series.....
Si alguna vez he tenido la ITV caducada he hecho la reserva por internet y he impreso el comprobante. Una vez me paro la policia y , con el resguardo, me dejaron llegar a la estacion de ITV.
Y conozco un caso en que, para cerciorarlo, lo acompañaron a la ITV a unos 10 km.
Pero te pueden denunciar.
Alfons
UE.- El cinturón de seguridad en todos los asientos de cualquier tipo de vehículo será obligatorio en la UE desde mañana
La nueva directiva de la UE se aplicará a coches, camiones o autocares que ya dispongan de este dispositivo
BRUSELAS, 8 (EUROPA PRESS)
El uso del cinturón de seguridad en todos los asientos de cualquier tipo de vehículo que lo tenga instalado será obligatorio en toda la UE a partir de mañana, cuando entrará en vigor una directiva comunitaria más rigurosa en cuanto la utilización de estos dispositivos de seguridad y que pretende extender su uso a autocares y camiones e incrementar las medidas de prevención particularmente para niños y adolescentes.
La Comisión Europea recordó que el 9 de mayo es la fecha en la que todos los Estados miembros tendrán que empezar a aplicar una nueva normativa que amplía la obligatoriedad del uso del cinturón, ya que en la actualidad solo los pasajeros de vehículos de menos de 3,5 toneladas tienen que utilizarlo en la parte de atrás.
Así, la obligación se extiende a todos los vehículos de más nueve plazas -donde se incluyen autocares o minibuses- y los vehículos comerciales en los que hasta ahora no era obligatorio el cinturón de seguridad en la parte de atrás, y que a partir de ahora tendrán que utilizarlo solo en los casos en que estén equipados con ellos.
Por otra parte, la nueva directiva busca poner en marcha nuevas medidas para garantizar la seguridad de niños y adolescentes. Entre ellas, Bruselas mencionó nuevas disposiciones atendiendo a la talla de los niños.
La legislación vigente en la actualidad impone la utilización de medios de seguridad, pero "no precisa el tipo de dispositivo de retención que sería apropiado", indicó la Comisión. Además, con la ley actual los niños no están obligados a viajar con dispositivos adaptados a sus características de peso y talla si no están disponibles.
La ley que entrará en vigor mañana establece que los dispositivos de seguridad que estén instalados en vehículos y camiones para retener a niños de una altura menor a 1,35 metros tendrán que estar "homologados y adaptados" a su talla. Los niños que sobrepasen esta altura podrán utilizar un cinturón de seguridad de adultos.
INSTALACIÓN DE CINTURONES
La norma que entrará mañana en vigencia se refiere solamente a aquellos vehículos que ya tienen instalados cinturones de seguridad y extenderá la obligación de utilizarlos también a aquellos pasajeros que no viajen en el asiento del conductor o del copiloto. La Comisión matizó que será aplicable a "todas las categorías de vehículos y en todos los asientos que estén equipados".
Por lo que respecta a la obligación para que los fabricantes de automóviles incluyan la instalación de estos equipamientos, fuentes de la Comisión Europea indicaron que por el momento solo tienen obligación de incluirlos en los coches y vehículos similares, como todo terrenos o monovolúmenes
La UE tiene previsto ampliar estas disposiciones por medio de las disposiciones de una directiva que tendrán que transponer todos los Estados miembros como muy tarde el 20 de octubre de 2007. Entonces, los cinturones de seguridad también serán obligatorios en monovolúmenes de más de 9 plazas, minibuses, autocares de turismo y camionetas por debajo de 3,5 toneladas y camiones que sobrepasen este peso.
Por el contrario, quedarán exentos de esta obligación los autobuses urbanos y los interurbanos, donde el equipamiento con cinturones de seguridad será opcional.
si os fijais solo hablan de los vehiculos que ya lo instalan ( esto es de Europa press aprox de finales de 2009 para adaptarnos a Europa)y siempre excluyendo a los no nombrados , como furgón mixto adaptable
en cuanto a la itv cuidadin la guardia civil ahora puede verlo con solo consultar la matricula al igual que el seguro, una buena opción es la que te da cougart , la grúa, por otro lado si le montas cinturones de seguridad por tu cuenta , creo recordar que aqui se dio un caso, te pueden echar para atrás la itv ya que es una modificación no autorizada, ya se que es un absurdo pero es así, la única manera es que el ingeniero de la itv te diga exactamente donde como , y que tipo de cinturón debes poner, si el mismo lo autoriza ,o tienes que traer un informe de ingeniero externo , y después pasarle la itv y que te lo incluyan en la ficha técnica, ya que instalar mal o un cinturón inadecuado puede ser mas peligroso que no llevarlo, o eso me dijeron a mi en la itv hace tiempo
saludos y perdon por el tocho
Buenas tardes, indagando por la red he encontrado esto:
Artículo 117. Cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados .
1. Se utilizarán cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados, correctamente abrochados, tanto en la circulación en vías urbanas como en las interurbanas:
Por el conductor y los pasajeros de los asientos delanteros centrales y laterales, así como por los pasajeros que ocupen los asientos traseros:
De los turismos.
De aquellos vehículos con peso total máximo de 3.500 kilogramos que, conservando las características esenciales de los turismos estén dispuestos para el transporte, simultáneo o no, de personas y mercancías.
Por el conductor y los pasajeros de los asientos delanteros de los vehículos destinados al transporte de mercancías, con un peso máximo autorizado no superior a los 3.500 kilogramos, y de los vehículos destinados al transporte de personas, que tengan, además del asiento del conductor, más de ocho plazas de asiento, con un peso máximo autorizado que no supere las cinco toneladas.
2. El hecho de no llevar instalado el vehículo los cinturones de seguridad tendrá la consideración de infracción grave.
Creo que esto nos afecta y mucho porque segun esto si estamos obligados a ponerlos.
Segun el manual de procedimiento de las santas inquisiciones, digo.. las ITV
Voy a buscar una hoja del B.O.E que llevaba en el coche, se la enseñaba a los agentes de la G.C., ya que cuando entro la normativa me multaron dos veces por no llevar cinturon de seguridad, no lo llevaba por que el coche no tenia ;D ;D ;D las dos veces recurrí la multa y las quitaron.
Desconozco si ha cambiado la normativa, y por supuesto todos los que teneis un land como turismo los teneis que llevar.
Yo lo que he encontrado en el boe num.212 o real decreto 965/2006 en el articulo 117 y en la disposicion adicional segunda es que si el vehiculo al momento de matricularse la normativa vigente no obligaba montar los cinturones no estas obligado a hacerlo.
Dejo puesto el enlace y os pido vuestra opinion de lo que entendeis
Raul, eso mismo he entendido yo.Ahora hay que hacérselo entender a los agentes de la Guardia Civil (ardua tarea). Gracias a todos los que os habeis interesado en el asunto. Me ha sido de gran ayuda.
De todos modos si alguien despues de leer estas páginas quiera aportar algo más que por favor lo diga. Toda información es poca.
Saludos.
Otra pregunta para los entendidos, en base a la tabla que ha publicado Odiguan que catalogación recibiría un Serie 3 especial del año 80, que pasa itv cada 6 meses?, es que no me queda muy claro. Por cierto en la ficha técnica no pone la contraseña de homologación.
Gracias.
Casi seguro que tu coche es mixto-adaptable, y como el MMA es mayor de los 2000kg, estamos en la tercera tabla 😀 a partir del 94, obligado los cinturones en las plazas delanteras.
No es por la contraseña de homologación por lo que se mira, creo que se llama clasificacion del vehiculo, en mi caso mi ficha es del 78 y no viene ese dato y se lo pusieron con un cuño en un lateral de la ficha, casi seguro que tienes apuntado un numero parecido a 3100 ó 3133
mirate esto:

