Buenas,
es una defensa muy parecida a la que tenía yo. Aunque parezcan iguales, hay sutiles diferencias.
Primero, nuestros vehículos solían traer defensa de serie, o la podían montar posteriormente, por eso se permite que la lleven.
Si la quisieras cambiar por una defensa tipo de las que se usan para montar cabestrante; digamos cambiar el paragolpes y el mataburros, por la defensa propiamente dicha, también podrías puesto que el paragolpes es metálico y la defensa con soporte de cabestrante técnicamente se considera paragolpes.
En mi caso, que creo que es lo que se aplica y prevalece hoy en día, si hay algo que llevas en la ficha técnica, estás OBLIGADO a llevarlo. Esto pasa mucho por ejemplo con los muelles o amortiguadores que en algunos casos se han descatalogado, pero deberías llevarlos o quitarlos, montar otros y poner el cambio en la Ficha técnia.
Y si hay algo que que quitas del vehículo, estás OBLIGADO a quitarlo de la ficha técnica. (El mismo caso que arriba prácticamente).
Eso es lo que me pasó a mí precisamente con ese "mataburros", que pude montar una defensa para ubicar el cabestrante, pues técnicamente cambié el paragolpes de origen (metálico) por otro de otra marca (también metálico y que me servía para montar cabestrante).
Por tanto, me vi obligado a quitar de la Ficha técnica el "mataburros" ya que en caso contrario tendría que llevarlo montado.
Eso fue lo que me indicaron en su día y me ratificaron en la ITV.
En tu caso, se nota que han aplicado el sentido común (o no se han dado cuenta o no han querido molestarse), por lo que pasaste la ITV.
Respondiendo a tu pregunta
[...] pero pregunto yo, si la defensa consta en la ficha técnica, tengo derecho a llevarla o no??? [...]
La respuesta es que estas OBLIGADO a llevarla.
Un saludo.